Si tenes un mínimo de 17 cuotas restantes podes acceder a un diferimiento del 20% de la Cuota Pura por 5 meses. Y a partir del sexto mes comenzás a reintegrar el saldo diferido en 12 cuotas.

Cómo funciona el diferimiento del 20%:
El diferimiento es 20% sobre la cuota pura y por 5 meses consecutivos.
• Se reintegra en 12 cuotas comenzando por la primera posterior a las 5 diferidas.
• Aplica para planes agrupados hasta el 31/08/2019 y para aquellos que no adeuden más de tres cuotas.
• Tiene tiempo de solicitarse hasta el 31/12/2019.
• El plan debe tener un mínimo de 17 cuotas restantes al momento de la solicitud firma del anexo.
• El diferimiento dejará de tener vigencia si el cliente ingresara en mora.
• El diferimiento no impide cancelar anticipadamente.
• Si el cliente fuera adjudicado, deberá pagar el importe reducido en las cuotas hasta ese momento y previo al retiro de la unidad, y no continuará el diferimiento posteriormente
Importante: No aplica este diferimiento para aquellos clientes beneficiados con alguna medida judicial que reduzca cuota o retrotraiga precios (ej. Medida cautelar).


Anexo – Términos y condiciones

En mi condición de titular del plan de ahorro de la referencia (en adelante “Adherente”) y ante la imposibilidad de realizar el pago completo de las cuotas, solicito diferir un porcentaje de la Cuota Pura bajo las siguientes condiciones:

  1. El porcentaje de Cuota Pura a diferir será del 20% y se extenderá por cinco (5) mesesconsecutivos (en adelante el “Diferimiento”).
  2. El Adherente acepta que el recupero del Diferimiento estará contenido en el saldo deudor exigible, y será cobrado en porcentajes iguales durante las doce (12) cuotas consecutivas inmediatamente posteriores a las 5 de Diferimiento. El Diferimiento aplicará si hubiera sido solicitado previo al 31/12/2019, y para aquellos planes que: i) no registren una mora superior a tres cuotas; ii) hubieran agrupado hasta el 31/08/2019; iii) no se encuentren alcanzados por alguna de las medidas del punto 8 de la presente; y iv) finalicen en, como mínimo, diecisiete (17) meses posteriores a la firma del presente.
  3. El importe de la deuda por Diferimiento se calculará sobre la base del Valor Móvil vigente al momento de pago.
  4. El Adherente deberá continuar abonando regularmente las cuotas posteriores de su plan de ahorro, siendo dicho cumplimiento condición indispensable para la vigencia de lo establecido en el presente. Caso contrario, el plan podrá considerarse rescindido de acuerdo a lo establecido en las Condiciones Generales de Contratación firmadas al momento de suscribir el plan (en adelante “CGC”).
  5. El Adherente podrá cancelar todo o parte de la deuda por Diferimiento en cualquier momento, solicitando previamente a Toyota Plan Argentina S.A. (en adelante la “Administradora”) el importe actualizado de la deuda de acuerdo a lo establecido en el punto 3.
  6. Si el Adherente fuere beneficiado con la Adjudicación, deberá integrar la totalidad del importe diferido hasta ese momento y previo realizar el pedido del Automotor Tipo en los términos de las CGC, y quedará sin efecto el Diferimiento para cuotas posteriores.
  7. Si el Adherente deseare ceder su plan,deberá cancelar la totalidad de la deuda por Diferimiento con anterioridad a la cesión. Toda solicitud de cesión con Diferimiento vigente será nula para las partes y rechazada por la Administradora.
  8. Quedarán excluidos de esta opción aquellos Adherentes abarcados por medidas judiciales o de cualquier tipo, ajenas a la Administradora, que hayan ordenado u ordenaren a futuro una reducción compulsiva de sus cuotas, y/o la retrotracción de sus valores a cierta fecha. El Adherente que se viera beneficiado por este tipo de medidas de manera posterior a la suscripción del presente anexo, acepta expresamente que se integre el total de lo adeudado por Diferimiento en la cuota inmediatamente posterior a la notificación que recibiere la Administradora ordenando la medida, y quedará sin efecto el Diferimiento para cuotas posteriores.
  9. Para todos los efectos legales, la Administradora constituye domicilio en Thomas Edison 2659, Piso 2°, Martinez, Provincia de Buenos Aires, y el Adherente en el último domicilio informado a la Administradora.
  10. Los términos en mayúscula no definidos en el presente deberán ser entendidos de acuerdo a lo establecido en las CGC.

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